Valencia 16/06/2014
COMUNICADO
Para:
Docentes
De:
Dpto. de Evaluación
Asunto:
En el texto
Se recuerda a todos los docentes que deben realizar el proceso de
actividades remediales antes de culminar con las evaluaciones del 70% y 30% del
tercer lapso y antes del proceso de revisión: Circular 006696 de fecha 22/08/2012: ”En atención a la Circular 000004 del 26 de agosto de
2009, las actividades de superación pedagógica (remediales), se realizarán al
finalizar cada lapso tomando en cuenta los nudos críticos en los contenidos
desarrollados, así como, la diversificación de las estrategias de evaluación.
Estas se acordarán entre cada docente y el grupo de estudiantes a ser evaluadas
y evaluados. Al finalizar los lapsos previstos, si el promedio no alcanzara la
ponderación mínima aprobatoria, las o los estudiantes deben ir a revisión. Para
ello, se establecen dos (2) formas de evaluación: La primera con un mínimo de
tres (3) actividades de superación pedagógica. En caso de no aprobarla, se
aplica una segunda forma de evaluación, la que contemplará como mínimo el mismo
número de actividades. El tiempo para su aplicación no debe ser mayor a una
(01) semana contada a partir de la fecha de publicación de los resultados
obtenidos por las o los estudiantes en la primera forma”.
Por favor, planificar las actividades remediales para revisión en
conjunto con su Coordinador(a) Pedagógico(a), preparar cronograma de clases y
contenido de la evaluación, además de informar a sus estudiantes.
Licda. Lisbeth Ramírez
Coordinación
de Evaluación